Por sendos Acuerdos del 19 de mayo, el Tribunal de Cuentas dispuso comprobaciones sumariales sobre la situación de José César Díaz —ex Interventor de la Caja Popular de Ahorros, cuya designación en planta permanente fue declarada nula por el propio Tribunal el 29 de abril— y de Patricia Neme, A/C de la Asesoría Letrada del organismo. Ambos figuran con licencia psiquiátrica de largo tratamiento con goce de haberes en períodos que abarcan parte de marzo, abril y mayo. Según las constancias que invoca el propio Tribunal, durante esas semanas habrían continuado ejerciendo como abogados en jurisdicción provincial y federal.

Los Acuerdos N° 1708 y N° 1709 son el tercer pronunciamiento del Tribunal de Cuentas, órgano de control externo, sobre la Caja Popular de Ahorros de Tucumán en seis meses, después del Acuerdo N° 128 de febrero —que observó la firma irregular de José César Díaz como Asesor Jurídico— y del Acuerdo N° 1348 del 29 de abril. La indagación se enmarca en el artículo 131 inciso 4° de la Ley 6970: posible irregularidad en la percepción de fondos públicos. Si la licencia careciera de causa suficiente, los haberes liquidados podrían constituir, en los términos del propio organismo de control, una erogación sin causa legítima.

El Tribunal de Cuentas de la Provincia dispuso, por sendos Acuerdos firmados el 19 de mayo, la apertura de comprobaciones sumariales en la Caja Popular de Ahorros respecto de dos cargos de la asesoría legal del organismo. El Acuerdo N° 1708 corresponde al expediente 1700-360-2026 y refiere a José César Díaz. El Acuerdo N° 1709 corresponde al expediente 1699-360-2026 y refiere a Patricia Neme. Ambos llevan idénticos firmantes —Miguel Chaiben Terraf, Sergio Miguel Díaz Ricci y Marcelo Vidal—, idénticos instructores designados —la Dra. Constanza Dato y el Dr. Alejandro Salas Oroño— e idéntico plazo de elevación de resultas: sesenta días.

Lo que documenta el Tribunal y lo que coloca en hipótesis

A Díaz le fue otorgada licencia por enfermedad de largo tratamiento de carácter psiquiátrico en dos tramos consecutivos: del 25 de marzo al 15 de abril, y del 15 de abril al 15 de mayo: más de cincuenta días corridos con goce de haberes. A Neme, en idéntica figura, la licencia se le extendió del 3 de marzo al 2 de abril, y del 6 de abril al 6 de mayo: unos sesenta días corridos, también con percepción íntegra del salario.

El Tribunal apoya la indagación en tres extremos verificados. Uno, el pago de los haberes durante esas semanas. Dos, constancias del Sistema de Administración de Expedientes del Poder Judicial de Tucumán y de publicaciones periodísticas locales que registrarían ejercicio activo y continuado de la profesión liberal de abogado de ambos durante esos mismos lapsos. Tres, información preliminar del propio Colegio de Abogados, según la cual ninguno de los dos figura con licencia profesional inscripta para esos períodos en los términos de la Ley 7035.

Sobre esa base, el Tribunal califica la situación dentro de la hipótesis del artículo 131 inciso 4° de la Ley 6970 de Administración Financiera: posible existencia de una irregularidad en la percepción de fondos públicos. Si la licencia careciera de causa suficiente, o hubiera sido empleada en fraude al régimen, los haberes liquidados podrían constituir una erogación sin causa legítima, con el consiguiente daño hacendal al organismo autárquico y, mediatamente, al Estado provincial que lo garantiza por imperio del artículo 6° de la Ley 5115.

El propio Tribunal es enfático: “No se afirma como dada la incompatibilidad“, dicen los dos Acuerdos. Esa es la materia de la indagación. La comprobación sumaria es etapa instructoria, no sancionatoria. Su resultado puede ser el archivo o la promoción del Juicio de Responsabilidad de los artículos 151 y siguientes de la Ley 6970, con eventual formulación de cargo por el monto pagado sin causa legítima.

Tres pronunciamientos del Tribunal en seis meses

Los Acuerdos del 19 de mayo constituyen el tercer pronunciamiento del Tribunal de Cuentas sobre la Caja Popular y sobre el mismo círculo de operadores en menos de seis meses.

El primero fue el Acuerdo N° 128 del 9 de febrero, dictado en oportunidad del Control Preventivo de la Resolución de Intervención N° 091/26 del organismo. Allí el Tribunal detectó que un dictamen jurídico del organismo aparecía rubricado con sello que decía Asesor Jurídico por quien había sido Interventor. La observación derivó en el pedido de la totalidad de los antecedentes vinculados a la designación de Díaz.

El segundo fue el Acuerdo N° 1348 del 29 de abril, que sobre la base de esos antecedentes declaró la nulidad de la designación de Díaz en planta permanente del organismo. La vacancia quedó automática.

El tercero es la doble pieza del 19 de mayo: comprobaciones sumariales sobre Díaz y Neme por la dimensión patrimonial del problema.

Quiénes son Díaz y Neme en la Caja Popular

José César Díaz fue Interventor de la Caja Popular durante el último ciclo de conducción cisnerista. De ese rol pasó a ocupar la Asesoría Jurídica del organismo con un estatuto cuya regularidad observó por primera vez el Tribunal en febrero. La progresión institucional se cerró en abril, con la nulidad de su designación en planta permanente.

Patricia Neme, matrícula 9331, ocupa la Asesoría Letrada de la Caja en carácter de A/C. Es además la abogada cuya conducta dentro de la causa instruida contra cuatro jugadores de Vélez Sarsfield motivó la imputación federal por instigación al falso testimonio y adulteración de prueba digital. La derivación al fuero federal fue ordenada por el juez Augusto José Paz Almonacid en su resolución del 30 de diciembre de 2025. El juez federal Guillermo Díaz Martínez, que tomó la pesquisa, elevó al Congreso de la Nación el pedido de desafuero del diputado nacional Carlos Cisneros por su presunta intervención en aquellos hechos. La causa, en lo que concierne al diputado, espera hoy tratamiento parlamentario.

La licencia psiquiátrica de Neme arrancó el 3 de marzo, semanas después de esa derivación federal y mientras la querella de Lourdes Parache preparaba la apelación del sobreseimiento de los jugadores. La licencia psiquiátrica de Díaz arrancó el 25 de marzo, cuatro días antes del Acuerdo N° 1348 que declararía la nulidad de su designación.

Una autosatisfactiva contra eltucumano.com durante la licencia

El 22 de abril de 2026, la jueza civil Andrea Viviana Abate rechazó la tutela autosatisfactiva interpuesta por las hijas de Carlos Cisneros —Marta, Cecilia y Mercedes— contra eltucumano, NUMEN S.R.L. y, personalmente, contra Julio Valenzuela y Lucía Guadalupe Valenzuela.

La presentación de esa autosatisfactiva habría sido sostenida profesionalmente, entre otros, por José César Díaz, durante el tramo de su licencia psiquiátrica del 15 de abril al 15 de mayo. La presentación se sustanció además en simultáneo con la licencia de Patricia Neme, que cubrió hasta el 6 de mayo.

Se busca determinar si la defensa de los intereses privados de la familia Cisneros contra el periodismo que investiga al organismo habría sido sostenida, en parte, por abogados que durante esos mismos días percibían haberes del erario provincial por estar imposibilitados de trabajar

https://www.eltucumano.com/noticia/actualidad/320411/el-tribunal-de-cuentas-indaga-a-diaz-y-neme-licencias-psiquiatricas-y-ejercicio-profesional-simultaneo?dnd=cat&tit=fb&pos=1&dis=desk